Abogados recursos de casación
Interposición y procedencia de este medio extraordinario de impugnación, ante el Tribunal Supremo, frente a resoluciones dictadas en el procedimiento penal
Abogados especialistas en recursos de casación
Artículos 847 a 906 de la Ley de Enjuiciamiento CriminalInterposición y procedencia de este medio extraordinario de impugnación, ante el Tribunal Supremo, frente a resoluciones dictadas en el procedimiento penal
En el procedimiento penal, el recurso de casación hace posible controlar la aplicación del derecho sustantivo y de los principios de dicho proceso, o de un posible error en la apreciación de la prueba, por parte del Tribunal de instancia.
Mediante este recurso, no se reenvía la causa al Tribunal que dictó la sentencia impugnada — salvo supuestos de quebrantamiento de forma—, sino que es el propio Tribunal Supremo, el que va a dictar una nueva sentencia que sustituya la resolución anulada.
Como abogados procesalistas expertos en recursos de casación, debemos conocer que este medio extraordinario exige una fundamentación rigurosa y el dominio técnico de su estructura, plazos y requisitos procesales, todo ello ajustado a los supuestos de admisibilidad legalmente previstos por el Alto Tribunal.
Nuestros especialistas han colaborado en numerosas ocasiones en prensa, televisión y radio
brindando su opinión profesional respecto de casos de gran actualidad
A diferencia de la apelación, la casación constituye un medio de impugnación de carácter extraordinario. Se trata de un recurso que no procede contra toda resolución o auto judicial, sino únicamente respecto de aquellos supuestos que la ley autoriza expresamente.
Tampoco puede basarse en cualquier motivo, sino exclusivamente en una serie de infracciones específicas previstas por el Legislador. Y en ningún caso permitirá reexaminar los hechos juzgados, ni valorar nuevamente las pruebas practicadas en las instancias previas.
Aunque la preparación se hace ante el Tribunal que dictó la sentencia recurrida, la competencia para conocer del recurso de casación penal y por tanto la decisión sobre el mismo, corresponde a la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
En la jurisdicción penal, el recurso de casación puede presentarse basado en tres motivos muy concretos: por infracción de ley, por quebrantamiento de forma, y/o por infracción de precepto constitucional.
La impugnación mediante recurso de casación por infracción de ley, podrá interponerse siempre que concurra alguno de los siguientes motivos:
El quebrantamiento de forma supone la infracción de una norma procesal en dos momentos específicos:
Durante el procedimiento, en base a las siguientes razones:
Al dictar sentencia, por los motivos que se indican a continuación:
El Legislador ha establecido que: “En todo caso, el recurso de casación podrá interponerse fundándose en la infracción de precepto constitucional”, lo que abre la puerta a la impugnación por razones de gran relevancia, pero que no son contempladas en las vías anteriores.
Así, cuando se vulneran derechos fundamentales reconocidos por la Constitución —como la presunción de inocencia o el derecho a un proceso con todas las garantías—, los sujetos legitimados pueden interponer recurso de casación para denunciar tales defectos, permitiendo al Tribunal Supremo anular la sentencia impugnada o dictar una nueva ajustada al orden constitucional.
Admitido a trámite y objeto de decisión por parte del Alto Tribunal, de prosperar, el recurso puede derivar en distintos escenarios:
En cambio, si la sentencia fuera desestimatoria, el Tribunal condenará al recurrente en costas.
La sentencia dictada en casación no admite recurso, aunque puede presentarse demanda de amparo ante el Tribunal Constitucional si se alegó la vulneración de un derecho fundamental. Pero si la lesión se produjo en la propia sentencia de casación, antes de acudir al TC, deberá interponerse un incidente de nulidad de actuaciones.
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Al ponerse en manos de un despacho de abogados procesalistas hay ciertos factores a tener en cuenta
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Un contacto directo con el abogado que lleva su caso desde el principio y en todo momento. La comunicación con el despacho debe ser fácil y responder a sus necesidades como cliente. En este sentido son claves, la rapidez en la respuesta y el uso de un vocabulario sencillo y concreto.
Encomendar un problema de índole penal no es algo que pueda hacerse a la ligera. Es importante considerar la participación en casos de gran trascendencia, la dedicación exclusiva al derecho penal, el reconocimiento profesional del bufete y la formación académica de sus integrantes.
Una visión realista y la evaluación honesta de sus posibilidades de éxito son la base de la confianza con su abogado procesalista. La reputación de un letrado se basa entre otras cosas, en su capacidad para no generar falsas expectativas respecto del resultado esperable en cada caso.
Conforme a lo establecido en el artículo 854 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, las partes que se encuentran legitimadas para interponer un recurso de casación en el ámbito penal, son las siguientes:
El Preámbulo de la Ley 41/2015, de 5 de octubre, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales, establece que a efectos de determinar la existencia de ese interés casacional deberán tomarse en consideración diversos aspectos, entre otros, los siguientes:
Según el artículo 847 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, pueden recurrirse por infracción de ley y por quebrantamiento de forma:
Además, por infracción de ley del motivo previsto en el número 1.º del artículo 849, pueden recurrirse las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
El mismo precepto excluye las sentencias que declaren la nulidad de las sentencias recurridas, cuestión que derivará en la devolución para la celebración de un nuevo juicio o su subsanación.
El procedimiento del recurso de casación penal consta de cuatro fases:
Según el artículo 848 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, son recurribles en casación únicamente por infracción de ley:
El recurso de casación se encuentra presente en distintas áreas de nuestro ordenamiento jurídico. Y en ese contexto, tenemos que saber que aunque puedan compartir aspectos generales, cada rama del derecho presenta características específicas, ya que su regulación se establece mediante normativas propias de cada ámbito.
Así es que en la práctica, vamos a encontrar un recurso de casación:
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