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Proxenetismo y Explotación Sexual

Artículo 187 del Código Penal

Proxenetismo y Explotación Sexual

Los Delitos de Prostitución de Mayores de Edad

¿La Prostitución es un Delito? | Proxenetismo y Explotación Sexual

Somos Abogados Especialistas en Prostitución de Mayores de Edad

 

Con carácter general, nuestro ordenamiento jurídico penal no castiga la prostitución, persiguiendo solo ciertos tipos delictivos y diferenciando entre víctimas mayores de edad y menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección.

En esta ocasión vamos a tratar específicamente, la norma aplicable al primer caso, prevista para los delitos en los que el sujeto pasivo tiene más de 18 años. (Art. 187)

Nos encontramos ante una serie de delitos especialmente tipificados, que no excluyen el concurso con otros delitos, en los que pueda incurrirse al mismo tiempo, como es el caso de las agresiones o abusos sexuales cometidos sobre la persona prostituida (Art. 187.3)

Nuestro texto punitivo, establece importantes penas de prisión y multa, para aquel que empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución. Pej: Cuando una persona es obligada a través de amenazas a prostituirse (Art 187.1 párrafo 1)
 

...nuestro ordenamiento jurídico penal no castiga la prostitución, persiguiendo solo ciertos tipos delictivos y diferenciando entre víctimas mayores de edad y menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección... Un Equipo de Abogados Especialistas en Prostitución de Mayores de Edad


 

Sobre el Delito de Proxenetismo

 

El siguiente párrafo del Artículo 187.1, configura el denominado delito de proxenetismo, que castiga unas circunstancias distintas, ya que con independencia de que exista consentimiento de quien se prostituye, el Legislador persigue a aquel que se lucre como consecuencia de explotar dicha actividad. (Art 187.1 párrafo 2)

En este delito tiene importancia el término “explotación”, ya que a continuación el Artículo indica que esta existirá, siempre que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la víctima se encuentre en una situación de vulnerabilidad personal o económica

b) Que se le impongan para su ejercicio condiciones gravosas, desproporcionadas o abusivas

 

Tipos Cualificados de los Delitos Relativos a la Prostitución de Mayores de Edad

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Este delito prevé una serie de situaciones, donde serán aplicadas penas aun más graves. El apartado segundo del Artículo 187, determina que las penas serán aplicadas en su mitad superior, cuando el culpable:

  Incurra en prevalimiento por su condición de autoridad o función pública
  Pertenezca a una organización o grupo criminal dedicado a dicha actividad
  Haya puesto en peligro la vida o salud de la víctima
 
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Los Delitos de Prostitución de Mayores de Edad en el Código Penal

Como Abogados Especialistas en Prostitución de Mayores de Edad poseemos un profundo conocimiento de la ley

 

Artículo 187

 
1. El que, empleando violencia, intimidación o engaño, o abusando de una situación de superioridad o de necesidad o vulnerabilidad de la víctima, determine a una persona mayor de edad a ejercer o a mantenerse en la prostitución, será castigado con las penas de prisión de dos a cinco años y multa de doce a veinticuatro meses.

Se impondrá la pena de prisión de dos a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses a quien se lucre explotando la prostitución de otra persona, aun con el consentimiento de la misma.

En todo caso, se entenderá que hay explotación cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que la víctima se encuentre en una situación de vulnerabilidad personal o económica.

b) Que se le impongan para su ejercicio condiciones gravosas, desproporcionadas o abusivas.

2. Se impondrán las penas previstas en los apartados anteriores en su mitad superior, en sus respectivos casos, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) Cuando el culpable se hubiera prevalido de su condición de autoridad, agente de ésta o funcionario público. En este caso se aplicará, además, la pena de inhabilitación absoluta de seis a doce años.

b) Cuando el culpable perteneciere a una organización o grupo criminal que se dedicare a la realización de tales actividades.

c) Cuando el culpable hubiere puesto en peligro, de forma dolosa o por imprudencia grave, la vida o salud de la víctima.

3. Las penas señaladas se impondrán en sus respectivos casos sin perjuicio de las que correspondan por las agresiones o abusos sexuales cometidos sobre la persona prostituida.
 

Jurisprudencia sobre Los Delitos de Prostitución de Mayores de Edad

Otra de las claves que deben dominar los Abogados Especialistas en Prostitución de Mayores de Edad

 

STS 3565/2017 – ECLI: ES:TS:2017:3565 | «Descargar Sentencia»
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Sede: Madrid
Sección: 1
Fecha: 05/10/2017
Nº de Recurso: 10161/2017
Nº de Resolución: 656/2017
Procedimiento: PENAL – APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Ponente: LUCIANO VARELA CASTRO
Tipo de Resolución: Sentencia

«…El Ministerio Fiscal pretende en el primero de los motivos de su recurso que se aplique el artículo 177 bis al acusado D. Aurelio y que se haga considerándolo en relación de concurso medial con el delito del artículo 187.1 de determinación a la prostitución….»
 

STS 4668/2016 – ECLI: ES:TS:2016:4668 | «Descargar Sentencia»
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Sede: Madrid
Sección: 1
Fecha: 27/10/2016
Nº de Recurso: 10879/2015
Nº de Resolución: 807/2016
Procedimiento: PENAL – PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Ponente: CANDIDO CONDE-PUMPIDO TOURON
Tipo de Resolución: Sentencia

«…Pero en el caso ahora analizado la reforma no despenaliza ni reduce la sanción de la conducta enjuiciada sino que se limita a una mera reordenación numérica de los preceptos: la conducta de inducción violenta a la prostitución de mayores de edad sigue sancionada en el art 187, e incluso con una pena mayor, por lo que el motivo debe ser desestimado…»
 

STS 4658/2016 – ECLI: ES:TS:2016:4658 | «Descargar Sentencia»
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Sede: Madrid
Sección: 1
Fecha: 27/10/2016
Nº de Recurso: 10303/2016
Nº de Resolución: 806/2016
Procedimiento: PENAL – APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
Tipo de Resolución: Sentencia

«…El motivo carece de base atendible y se desestima. Los hechos tienen lugar en agosto de 2014 y el tipo penal entonces vigente era el art. 188 que prevé la determinación coactiva de la  prostitución, como ahora el art. 187 Cp , respecto de mayores de edad coactivamente compelidos al ejercicio de una actividad contra su voluntadque es lo que describe el relato fáctico y que no ha sido despenalizado tras la reforma del Código por la LO 1 /2015…»
 


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