Sentencia | Escuchas Telefónicas
Jurisprudencia Escuchas Telefónicas
STS 278/2017 – ECLI:ES:TS:2017:278
Nº Sentencia: 40/2017
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
Municipio: Madrid
Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
Nº Recurso: 973/2016
Fecha: 31/01/2017
Tipo Resolución: Sentencia
Recurso de casación nº 973/2016 interpuesto contra sentencia de fecha veintisiete de noviembre de 2015 dictada por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Almería, en causa seguida contra los recurrentes, por un delito contra la salud pública por transporte de sustancias estupefacientes que no causan grave daño a la salud.
Jurisprudencia Escuchas Telefónicas
Resumen del Tribunal:
Escuchas telefónicas
No es necesario como presupuesto del auto habilitante que la policía aporte testimonio íntegro de investigaciones previas que se quieren hacer valer como simples indicios de la implicación en la actividad delictiva del investigado; como tampoco lo es que se justifique la legitimidad de cada una de esas investigaciones previas si se desencadenaron en virtud de otras escuchas.
No es ese supuesto al que alcance el criterio plasmado en Acuerdo del Pleno no jurisdiccional de 26 de mayo de 2009.
“…En lo que es casi una constante en los procesos en que han desempeñado un papel relevante unas intervenciones telefónicas, no faltan varios motivos destinados a deshabilitar tales escuchas deteniéndose en algunos de los presupuestos cuya ausencia arrastraría la inutilizabilidad de esta medida ingerente y, por ende, de las pruebas obtenidas en el curso de una investigación que estaría viciada en su origen…”
Tentativa en los delitos contra la salud pública admisible en casos excepcionales
Cuando la operación de descarga de la droga es abortada podrán responder solo por tentativa los peones reclutados para esa actividad siempre y cuando no hubiese un acuerdo o promesa de colaboración anterior a la efectiva intervención policial.
– No es asimilable a una entrega controlada el dispositivo policial activado para interceptar una supuesta operación de tráfico de drogas de la que se sospecha sin que la sustancia haya sido todavía materialmente incautada.
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