¿Qué es El Principio de Legalidad?

El Principio de Legalidad en el Derecho Penal


 

Uno de los principios mas importantes del derecho penal en la actualidad, es el principio de legalidad, cuya esencia es: Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege (no hay delito ni pena sin ley previa). Adicionalmente, el principio de legalidad conlleva una serie de garantías recogidas en la legislación penal.

El Principio de Legalidad en el Derecho Penal, nace y evoluciona en el tiempo donde observamos antecedentes como la obra de Beccaria: “De los delitos y de las penas”, con base en el contrato social de Rousseau y Montesquieu y la división de poderes. También incorporado en distintas declaraciones de Derechos Humanos, y pactos internacionales, y presente también como es lógico, en el derecho penal Español.

Son también muy relevantes en el ámbito del Derecho Penal, el Principio de Irretroactividad y el Principio de Territorialidad.

El Principio de Legalidad en el Derecho Penal

El Principio de Legalidad en el Derecho Penal

 

 

El Principio de Legalidad y el Derecho Español


 

En la Constitución Española encontramos el principio de legalidad incorporado, en su art. 9.3 «la Constitución garantiza el principio de legalidad» y en su art. 25.1 “Nadie puede ser condenado por acciones u omisiones que en el momento de producirse no constituyan delito o falta (delito leve) o infracción administrativa según la legislación vigente en aquel momento”.

Su aplicación en nuestro ordenamiento y la interpretación de la norma constitucional que ha realizado el TC, entiende que todo hecho sancionable requiere de la existencia de una ley formal anterior, elaborada por el parlamento y que describa un supuesto de hecho determinado.

El principio de legalidad implica la prohibición de la analogía en el derecho penal.

 

Las Garantías del Principio de Legalidad


 

  • Garantía criminal: no se considera delito una conducta que no ha sido declarada como tal en una ley anterior a ese delito. (nullum crimen sine previa lege)
  • Garantía penal: solo es posible castigar una infracción penal con una pena que haya sido establecida mediante una ley previamente a dicha infracción. (nulla poena sine lege previa)
  • Garantía jurisdiccional: No es posible ejecutar una pena o una medida de seguridad sino mediante una sentencia dictada tribunal competente y que sea firme, en concordancia con la legislación procesal.
  • Garantía ejecutiva: No es posible ejecutar una pena o una medida de seguridad de manera distinta a la establecida por las leyes y reglamentos, y en cualquier caso siempre bajo el control judicial.

 


Palladino Pellón & Asociados – El Principio de Legalidad en el Derecho Penal – Una buena Defensa Penal comienza desde el primer día