El Tribunal Superior de Justicia
Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia
Estructura | Competencias | Recursos
Somos Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia
El Tribunal Superior de Justicia es el órgano colegiado situado a la cabeza del poder judicial en el ámbito territorial de cada Comunidad Autónoma, como refleja el artículo 70 de la Ley Orgánica 6/85 del Poder Judicial (LOPJ). Así, la estructura judicial española alberga 17 de estos tribunales. Este precepto, junto al artículo 26 y la Ley de Demarcación y Planta Judicial, regulan su ubicación en dicha estructura. Sus competencias abarcan diversos aspectos y vertientes jurídicas. Por ello, para comprender cómo funciona, es conveniente en primer lugar saber cómo se organiza.
Estructura del Tribunal Superior de Justicia
Como Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia poseemos un profundo conocimiento de la ley
El artículo 72.1 de la LOPJ establece la división del Tribunal Superior de Justicia en cuatro Salas: Civil y Penal, Social, Contencioso- administrativo y de Gobierno.
En su apartado segundo, determina su composición e integrantes:
– Un Presidente, también de la Sala Civil y Penal, y durante el tiempo que ostente el cargo será Magistrado del Tribunal Supremo.
– Los Magistrados de Sala, en el número determinado por la Ley.
– Las Secciones de cada Sala.
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Somos Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia
Competencias del Tribunal Superior de Justicia
Otra de las claves que deben dominar los Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia
Hablar de las atribuciones del TSJ supone referirse en un primer término a su jurisdicción territorial. En este sentido el artículo 70 de la LOPJ es claro:
“El Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma culminará la organización judicial en el ámbito territorial de aquélla…”.
Pero, también es cierto que las competencias del TSJ se relacionan directamente con su estructuración según ámbitos jurídicos.
Sala de Gobierno del TSJ
El Título III de la LOPJ, “Del Gobierno interno de los Tribunales y Juzgados”, regula su funcionamiento. Se trata de un órgano de gobierno interno, con funciones administrativas y de organización. Constituida, en comisión o en pleno, se reúne dos veces al mes, además de en los supuestos previstos por la Ley.
El Presidente del propio TSJ lo es de esta Sala. Y junto a él, la integran los Presidentes de Sala y de las Audiencias Provinciales de la Comunidad Autónoma; los miembros elegidos entre los integrantes de la carrera judicial, y los decanos liberados de sus tareas jurisdiccionales, según el art. 166.3 de la LOPJ.
No deje pasar la oportunidad de que nuestros Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia estudien su caso, y le recomienden la mejor estrategia.
Salas del TSJ como instancias únicas
- Sala de lo Contencioso – administrativo
El artículo 74.1 de la LOPJ especifica que ejercerá como instancia única para los recursos derivados de actuaciones, resoluciones o convenios de diversos órganos autonómicos, entes locales, o Administraciones Públicas.
- Sala de lo Social
Sus competencias en este papel se aclaran en el artículo 75, estableciendo que se encargará de controversias entre trabajadores y empresarios en un ámbito inferior al de la Comunidad Autónoma y superior al de un Juzgado de lo Social.
- Sala de lo Civil y Penal
Siguiendo el art. 73 de la LOPJ, en materia civil le competen las demandas de responsabilidad civil por actos en el ejercicio de sus cargos contra miembros del Consejo de Gobierno, la Asamblea Legislativa de la Comunidad Autónoma y la Audiencia Provincial. También las cuestiones de competencia de orden jurisdiccional.
En materia penal, los Estatutos de Autonomía determinan las causas que atenderá. Además llevará a cabo la instrucción y fallará en las causas penales con implicación de jueces, magistrados o miembros del Ministerio Fiscal en el ejercicio de sus cargos. Y dirimirá cuestiones de competencia entre órganos jurisdiccionales de carácter penal, así como de los Juzgados de Menores de las distintas provincias de la Comunidad Autónoma.
En nuestro despacho de Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia, encontrará la seriedad y el profesionalismo que su caso necesita.
Recursos ante el TSJ
La interposición de un recurso es una demostración de la tutela judicial efectiva del art. 24 de la Constitución. Puesto que, en último término, garantiza un escenario en el que hacer valer la pretensión de una parte que no ha alcanzado un resultado favorable en primera instancia.
- Sala de lo Contencioso – administrativo
Conoce, en apelación, de las sentencias y autos de los Tribunales Contencioso – administrativos o, en su caso, de los recursos de queja. También, los recursos de revisión contra las sentencias firmes de los Juzgados, y los de casación en interés de la ley o para la unificación de doctrina, en virtud de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso – administrativa.
- Sala de lo Social
Ante ella pueden recurrirse resoluciones de Juzgados de lo Social de la Comunidad Autónoma. Además de los de suplicación, y otros previstos en la Ley contra las resoluciones de los Juzgados Mercantiles en materia laboral. Así como sobre incidentes concursales en este mismo campo. Por último, también le corresponden las cuestiones de competencia entre los Juzgados de lo Social autonómicos.
- Sala de lo Civil y Penal
Los artículos 73 de la LOPJ, 468 de la LEC y 846 ter. de la LECrim disponen que, como Sala de lo Civil conocerá en casación contra resoluciones, en materia civil, foral o especial de órganos jurisdiccionales civiles de la Comunidad Autónoma, siempre que el Estatuto de Autonomía lo contemple. También del recurso extraordinario de revisión contra sentencias dictadas por órganos jurisdiccionales civiles.
En el orden penal cabe recurrir los autos que finalicen el proceso por falta de jurisdicción o sobreseimiento libre. Además de las sentencias en primera instancia de las Audiencias Provinciales, atendiendo a los artículos 790 y siguientes de la LECrim, y otros supuestos legalmente previstos.
Despacho de Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia
TSJ: Más allá de la notoriedad pública
Un Equipo de Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia
La trascendencia de las materias que ocupan sus actuaciones convierten, en muchas ocasiones, al TSJ en foco de atención mediática. Así ocurrió con los recursos de apelación presentados ante la Sala Penal del TSJ de Galicia en el marco del “Caso Asunta”. Y recientemente, tras el fin del estado de alarma del COVID-19, responsabilizados de aceptar, o no, ciertas medidas limitantes de derechos fundamentales adoptadas por los gobiernos autonómicos.
Una de sus funciones principales es como órgano receptor de recursos, pero sus atribuciones van más allá. Entre otras cosas, atiende cuestiones competenciales, dicta autos para permitir recabar información ante los servicios de comunicación o conoce, en su Sala de lo Civil y Penal, de los procedimientos civiles especiales de decomiso autónomo, etc.
En cualquier caso, dejando a un lado su notoriedad, su papel como parte integrante de la estructura del poder judicial es indiscutible.
No dude en contactarnos para plantear su problema, y un miembro de nuestro equipo de Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia, responderá a todas sus consultas.
Palladino Pellón & Asociados – Abogados Especialistas en Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia – Una buena Defensa Penal comienza desde el primer día