Delitos de asesinato y Prisión Permanente Revisable

STS 2337/2019 | Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | Resumen del Tribunal

Delitos de asesinato y Prisión Permanente Revisable

Sentencia Prisión Permanente Revisable

STS 2337/2019 | Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | Resumen del Tribunal


 

La sala ha visto el recurso de casación por infracción de Ley y de precepto constitucional interpuesto por la representación legal del encausado, contra Sentencia 51/2018, de 19 de diciembre de 2018 de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, dictado en el Rollo de Apelación 78/2018 , formulado frente a la Sentencia del Tribunal del Jurado constituido en el ámbito de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz, núm. 278/2018, de 25 de septiembre de 2018, dictada en el Rollo de Sala núm. 19/2018, dimanante del Procedimiento del TJ 146/2016 del Juzgado de Instrucción núm. 1 de Vitoria-Gasteiz, seguido por delitos de asesinato y homicidio.
 

Resumen del Tribunal:

 

■  Delitos de asesinato y tentativa de homicidio.

■  Animus necandi: elementos de donde puede deducirse su concurrencia.

■  No ha quedado probada la inimputabilidad, total o parcial, del acusado. Razonabilidad de la decisión del Tribunal del Jurado.

■  Prisión permanente revisable.

■  Invocación del principio «non bis in idem».

■  Cuestión nueva: no fue planteada ante el TSJ del País Vasco ni ante la Audiencia Provincial constituida como Tribunal del Jurado.

■  La STS 716/2018, de 16 de enero de 2019, resuelve un caso diferente al ahora enjuiciado. En dicha sentencia, la víctima es un adulto aquejado de cierta discapacidad que le impide la defensa, reacción más lenta y torpe.

■  La STS 716/2018, de 16 de enero de 2019, lleva a cabo declaraciones acerca de las similitudes y diferencias, de la circunstancia hipercualificante, en tanto que la víctima sea menor de dieciséis años de edad, o se trate de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o discapacidad (art. 140.1ª), con la alevosía y el abuso de superioridad.

 
Sentencia Prisión Permanente Revisable

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■  Distinto fundamento y alcance de las agravaciones previstas en el art. 139 y las del 140.1 del Código Penal.

■  Por decisión del legislador, al incorporar tal pena a nuestro catálogo delictivo, como consecuencia de una decisión de política criminal, ha establecido que cuando en un delito de asesinato concurra alguna de las circunstancias detalladas en tal precepto, corresponderá la imposición de la pena de prisión permanente revisable, y ello ocurrirá en tres clases de supuestos:

1) por razón de la especial vulnerabilidad de la víctima, que se predica con carácter general para los menores de 16 años;

2) por razón de que el hecho fuera subsiguiente a un delito contra la libertad sexual que el autor hubiera cometido sobre la víctima; y

3) cuando el delito se hubiera cometido por quien perteneciere a un grupo u organización criminal.

■  El precepto se aplica exclusivamente con fundamento en la forma en cómo se ha ejecutado el hecho, sino en la mayor protección que quiere dispensar el legislador a los menores de esa franja.

■  Por lo demás, el ataque fue sorpresivo: Ni la madre pudo hacer nada por defender a su hija, ni la niña pudo salir corriendo ante el ataque tan inesperado del agresor.

■  No tendría sentido castigar con la pena de prisión permanente revisable la muerte alevosa de un menor de 15 años, cuya alevosía quedara prefijada como consecuencia de un ataque sorpresivo frente a víctima menor de 16 años, y por consiguiente no desvalido, pues en tal caso no podría alegarse non bis in idem, al ser el fundamento distinto, y sancionar, en cambio, el hecho que ahora revisamos relativo a la muerte de un bebé de 17 meses de edad con una pena menor.

■  Ni ha existido infracción de Ley, ni el caso es igual al precedente citado…«DESCARGAR SENTENCIA COMPLETA»
 


Palladino Pellón – Abogados Penalistas | Sentencia Prisión Permanente Revisable