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Versiones contradictorias y prueba exculpatoria

Caso de éxito
se archiva denuncia por agresion sexual

Se archiva denuncia por agresión sexual

Caso de éxito destacado de Palladino Pellón Abogados | Versiones contradictorias y prueba exculpatoria

 

Ante una denuncia falsa de agresión sexual, nuestro despacho llevó adelante una estrategia de defensa eficaz, que consiguió el archivo y sobreseimiento del caso en tiempo récord

 

En este procedimiento, nuestro representado fue denunciado falsamente, de haber cometido un delito de agresión sexual muy grave, por el cual se exponía a una pena de muchos años de prisión.

Cuando contactó con nosotros ya contaba con las pruebas necesarias para demostrar su inocencia, pero desmontar los argumentos que pesaban en su contra y terminar con la injusticia que estaba viviendo, requería de elaborar una estrategia de defensa eficaz y ponerla en práctica adecuadamente y en el momento preciso.

Si las pruebas no se presentaban oportunamente y de la forma legalmente establecida, este corría el riesgo de que no fueran suficientes para poner punto y final a la causa, o incluso estas podían volverse en su contra.

La denunciante, y nuestro representado, contactaron por las aplicaciones Tinder e Instagram y quedaron, para mantener relaciones sexuales en el domicilio del investigado, relaciones que tuvieron lugar aquél día abandonando después la supuesta víctima el domicilio, no sin antes mantener una breve conversación con sus amigas por la aplicación de whatsapp en la que les informaba de haber sido supuestamente agredida sexualmente, lo cual dio lugar a que, una vez que llegó en tren a la localidad donde reside y hablara con sus amigas, acudiera a un centro de salud de donde la derivaron por agresión sexual, custodiada por la policía, al Hospital donde fue asistida y reconocida por un facultativo expidiéndose el informe de alta de Urgencias de Ginecología el cual reseña que refirió lo siguiente:

“Que al inicio de las relaciones, primeramente consentidas, pidió (al denunciado) que se pusiera preservativo a lo cual él se ha negado y, posteriormente, empleando fuerza física ha realizado penetración vaginal. La paciente refiere mordidas en cuello, que le ha arrastrado por el pasillo por los pelos, penetración vaginal múltiples veces en múltiples estancias de la casa, intento de penetración anal sin éxito por grito de la paciente y dudosa eyaculación masculina , la paciente refiere que se sentía intimidada, mandada, secundariamente a la violencia empleada por el varón desde el primer momento, siendo herida, aplastada, obligada a colocarse de múltiples posturas a la fuerza. La paciente refiere conciencia plena de los hechos con sumisión completa por miedo”


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Posteriormente, se personó en la Comisaría de Policía e interpuso denuncia por esos supuestos hechos.

Partiendo de lo anterior, las declaraciones judiciales prestadas por los implicados, en lo esencial, resultaron ser completamente contradictorias. En efecto, la denunciante ratificó y reprodujo la antedicha denuncia. Sin embargo el investigado ya representado por nuestro despacho, mostró su asombro y sorpresa por la denuncia en repetidas ocasiones durante su interrogatorio declarando que, tras llegar a casa y activar en la TV la plataforma Netflix porque pensaba ver primero una película, estando cada uno en un sofá, fue la supuesta víctima quien tomó la iniciativa, prosiguiendo a continuación relaciones sexuales completamente consentidas.

Manifestó también que en ningún momento ella le dijo ni advirtió que estuviera incómoda o que no quisiera seguir manteniendo relaciones y que si él hubiera visto una cara de que no le estaba gustando hubiera parado, afirmando que ella estaba muy participativa, reiteró que fue ella quien empezó la relación, que en ningún momento la cogió del pelo de forma violenta ni la sujetó del pelo por el pasillo, ni la trató mal ni de forma agresiva, negando cualquier situación de dominación ni menos que la ordenara a realizar cualquier postura sexual tan solo sugerencias de cambios de posturas. En definitiva, que no utilizó la violencia ni realizó ninguna conducta agresiva, ni observó que la denunciante estuviera angustiada o nerviosa en momento alguno, ni que estuviera con los ojos cerrados y que si ella le hubiera dicho cualquier cosa que no le gustara, hubiera parado.

No obstante la existencia de esas versiones contradictorias, lo cierto es que luego de las declaraciones, se llevó adelante una diligencia de visionado de reproducción de un USB aportado por nuestro despacho, consistente en una grabación de todo lo sucedido en la habitación y pasillo de la vivienda, procedente de una cámara de seguridad, con la que contaba nuestro representado. Aun cuando no se grabó lo sucedido en el salón (escuchándose únicamente que hablaban y que ella se reía), esta prueba reforzó la versión de nuestro cliente, pues dicho documento audiovisual recoge todas las imágenes y sonidos de lo sucedido en la habitación y ninguna imagen y/o sonido demuestra que la denunciante se sintiera intimidada, bloqueada, maltratada, sumisa, forzada, violentada, contrariada, temerosa sino todo lo contrario.

Consecuencia de todo ello, fue un Auto mediante el cual se decretó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa y el levantamiento de las medidas cautelares acordadas.

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