Jurisprudencia – Delito Contra La Salud Pública

Jurisprudencia – Delito Contra La Salud Pública

 

Jurisprudencia – Delito Contra La Salud Pública


 

ROJ: STS 4666/2016 – ECLI:ES:TS:2016:4666

Nº Sentencia: 796/2016

Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal

Municipio: Madrid — Sección: 1

Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR

Nº Recurso: 279/2016 — Fecha: 25/10/2016

Tipo Resolución: Sentencia
 
Jurisprudencia Delito Contra La Salud Pública

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Resumen del Tribunal:

 

Delito contra la salud pública: Transporte de gran cantidad de hachís por la frontera de Algeciras, con intervención de funcionarios policiales que cooperan con el operativo.

Secreto de las comunicaciones: el hallazgo de una nota manuscrita con el horario y turnos de un funcionario policial, supone un indicio que justifica la apertura de la investigación y la interceptación telefónica.

Jurisprudencia sobre identificación de voz. Presunción de inocencia.

Analogía de confesión: requiere una especial colaboración en el esclarecimiento de los hechos.

Dilaciones indebidas: no procede con el carácter de muy cualificadas.

Concepto expansivo de autor.

 

Responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa: 

 

Art. 53.2 del C. penal. Esta Sala Casacional ha dictado abundante doctrina jurisprudencial en materia de responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de multa, en los casos en que se ha rebasado su duración, pues no puede ser impuesta a los condenados a pena privativa de libertad superior a 5 años. En menor medida, pero también en algunos casos, se ha estimado el recurso de casación en lo que respecta a la cuantía de responsabilidad personal subsidiaria que se fija en la sentencia recurrida, toda vez que excede de forma abrumadora de la cuantía de máximo de un año que se establece en el art. 53 del C. Penal. Y se reduce, por tanto, la cuota de multa establecida para calcular los días de responsabilidad personal subsidiaria que habría de cumplir el acusado (STS 541/2015, de 18 de septiembre).

Pero en este motivo se plantea desde la perspectiva de la proporcionalidad, en tanto que el art. 53.2 del Código Penal ordena que la responsabilidad personal subsidiaria se fije al prudente arbitrio de los tribunales.

Principio de proporcionalidad y desigualdad de trato en la responsabilidad personal subsidiaria. Estimación del motivo.

 
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