Extradición denegada
Caso de éxito destacado de Palladino Pellón Abogados | Extradición al Perú rechazada
Palladino Pellón Abogados Penalistas consigue la denegación de una extradición al Perú
Nuestro despacho se hizo cargo de la reclamación extradicional de un ciudadano alemán requerido por las autoridades judiciales del Perú, las cuales se tramitaban ante el Juzgado Central de Instrucción Nº 5 de la Audiencia Nacional. Dado que dicho Juzgado había acordado su prisión provisional, su familia contactó con nuestros letrados para asumir su defensa y de inmediato nos pusimos a trabajar en el caso.
Desde el primer momento, advertimos que la mejor estrategia sería trabajar conjuntamente con los abogados de nuestro cliente en Alemania, fundamentalmente por dos razones:
■ Los motivos por los que se le reclamaba, ya habían dado lugar a un juicio en ese país, celebrado muchos años antes. Sobre este asunto, lo realmente llamativo, era que el había participado de dicho procedimiento en calidad de testigo, colaborando en todo momento con la justicia alemana, y
■ Que a pesar de haber intervenido en ese juicio, más tarde tuvo que enfrentarse a una solicitud de extradición del Perú, que fue oportunamente rechazada por Alemania. Esto nos llevó a concluir, que contar con información del caso y sobre todo de dicha extradición, sin duda sería de ayuda en este nuevo procedimiento que se ponía en marcha en España.
El país requirente (Perú), mantenía activa una alerta para que nuestro representado fuera puesto a su disposición, por aquel supuesto delito de tráfico de drogas, sucedido hacía más de 20 años, que como decimos en Alemania ya había sido objeto de juicio, siendo nuestro cliente testigo de los hechos.
Como nuestro defendido contaba con nacionalidad Alemana, lo primero que hicimos fue solicitar al juzgado que pusiera a disposición de dicho país la posibilidad de asumir la decisión de este nuevo pedido, cosa que fue aceptada por España pero denegada por la Fiscalía Alemana. (Sabíamos que Alemania había rechazado su extradición una vez, por lo que si España lo transfería allí, su situación mejoraría radicalmente)
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Ante la negativa, adaptamos nuestra estrategia, buscando conocer oficialmente los motivos de la falta de interés de Alemania en el destino de su ciudadano, y en concreto las razones por las que en su día, dicho país había rechazado la entrega. Esto era así, porque al ser su ciudadano, le asistía el principio de no discriminación, por el cual tenía derecho a que lo que fue motivo de denegación en su día, le fuera reconocido ahora en España a la hora de tomar una decisión.
Nuestra estrategia era acertada, pero necesitábamos que el Fiscal de aquel país nos proporcionase las razones, cosa que acabó haciendo el mismo día de la última audiencia, a celebrarse ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en Madrid.
20 minutos antes de dicha vista, contábamos con un documento oficial de la Fiscalía alemana, que decía que no aceptaban recibir el caso nuevamente, porque según su legislación los hechos se encontraban prescritos.
Entonces, presentamos dicho documento por Secretaría y enfrentamos la vista, con todos nuestros argumentos, entre los que se encontraban, por ejemplo, que estos hechos ya habían sido juzgados y que en su momento nuestro cliente había intervenido en el caso como testigo, colaborando con la justicia. Y el más importante, el de la prescripción conforme al criterio de las autoridades alemanas, que daba lugar a tener en cuenta el principio europeo de no discriminación.
El resultado, fue que ante lo expuesto y al momento de iniciar la vista, el Ministerio Fiscal retiró la solicitud extradicional, atendiendo a la existencia de la prescripción de los hechos, y la Sala ordenó la inmediata libertad de nuestro defendido. Quedaron entonces las actuaciones a la espera de una decisión definitiva, la cual era ya un mero trámite, dado que como sabemos en este tipo de casos, el Fiscal actúa como representante de los intereses del país requirente, por lo que al retirarse, la decisión no podía ser otra.
Así es que, unos días después, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó no haber lugar a la entrega a las autoridades del Perú, notificando tal decisión al Ministro de Justicia, y al Servicio INTERPOL/SIRENE.
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