Jurisprudencia | Delito de Abusos Sexuales
Delito de abusos sexuales reiterados desde los seis años del padre a su propia hija
STS 539/2021 | Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal | Municipio: Madrid | Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR | Nº Recurso: 3425/2019 | Fecha: 18/06/2021 | Tipo Resolución: Sentencia | Resumen del Tribunal
La denunciante, víctima de los hechos, su madre y su hermano, se habían acogido a la dispensa de la obligación de declarar, prevista en el art. 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el acto del juicio oral, el Tribunal Superior de Justicia revoca parcialmente la sentencia recurrida, al estimar el recurso de apelación del acusado, entendiendo que tal acogimiento al 416, impedía tener por probados determinados aspectos como la introducción de sus dedos en la vagina de la menor, pero no la realidad de los abusos, que venían acreditados: por prueba personal (testigos de referencia), una carta dirigida a su hija, muy explícita, y el propio perdón llevado a cabo en el trámite de última palabra.
El testimonio de lo reproducido por la menor en sus conversaciones ante los testigos de referencia, no queda neutralizado por tal mecanismo procesal (art. 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Se podrá borrar del cuadro probatorio lo anteriormente expresado por quien se acoge su derecho a la dispensa, pero no se puede eliminar lo escuchado de ella por los testigos que depusieron en el juicio oral.
Delito de abusos sexuales reiterados desde los seis años del padre a su propia hija
Este fenómeno solamente ocurre cuando estamos tratando sobre prueba ilícita, de manera que tal ilegalidad contamina en cascada a las demás fuentes de prueba. Pero aquí no hay prueba ilícita, sino la utilización de un derecho por parte de la denunciante, que el ordenamiento jurídico le concede, derecho a no declarar contra un pariente, y ello (todavía hoy, no en un futuro próximo), pese a haberlo hecho en vía judicial, en la tramitación sumarial. Pero ello no puede derivar a concluir que tal acontecimiento histórico no haya ocurrido en la realidad y que, por consiguiente, no pueda preguntarse por ello, es decir, prestar declaración ante un Tribunal acerca de lo percibido por sus sentidos. Tal percepción no deriva de prueba nula o conseguida ilícitamente, y no hay razón alguna que impida su valoración. Lo mismo ocurriría si un sospechoso expresara ante una multitud su culpabilidad y después se acogiera a su derecho a no declarar contra sí mismo.
En resumen, en este caso el Tribunal «a quo» ha contado con tales elementos de corroboración, la documental consistente en la carta citada, unida al perdón solicitado por el acusado en su última palabra…«DESCARGAR SENTENCIA COMPLETA»
Palladino Pellón – Abogados Penalistas | Delito de abusos sexuales reiterados desde los seis años del padre a su propia hija