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Abogados especialistas en delitos contra la seguridad colectiva

TÍTULO XVII del Libro II del Código Penal
a

Delitos contra la seguridad colectiva

Reacción del Legislador frente a determinadas situaciones de riesgo o peligro que atentan contra el conjunto de la sociedad

Nuestros servicios como abogados penalistas para delitos contra la seguridad colectiva

Los delitos que abordamos en esta sección, tutelan bienes jurídicos supraindividuales de titularidad colectiva, mediante los que se protegen intereses comunitarios, más allá de los bienes individuales que puedan verse afectados (Pej: la protección del medio ambiente excede al individuo, ya que su daño impacta sobre toda la sociedad, pudiendo alcanzar incluso a las futuras generaciones)

No dude en contactarnos para plantear su problema, y un miembro de nuestro equipo de abogados expertos en delitos contra la seguridad colectiva, responderá a todas sus consultas y le brindará el mejor asesoramiento.

  • Estragos

¿Por qué elegir a Palladino Pellón & Asociados?

Al ponerse en manos de un despacho de abogados penalistas hay ciertos factores a tener en cuenta

Experiencia

El letrado responsable de su procedimiento, tiene que acreditar una trayectoria en la práctica profesional, capaz de dar respuesta al delito específico al que usted se expone. Solo haberse enfrentado a cientos de casos como el suyo es garantía de cumplir con este requisito.

Comunicación

Un contacto directo con el abogado que lleva su caso desde el principio y en todo momento. La comunicación con el despacho debe ser fácil y responder a sus necesidades como cliente. En este sentido son claves, la rapidez en la respuesta y el uso de un vocabulario sencillo y concreto.

Especialización

Encomendar un problema de índole penal no es algo que pueda hacerse a la ligera. Es importante considerar la participación en casos de gran trascendencia, la dedicación exclusiva al derecho penal, el reconocimiento profesional del bufete y la formación académica de sus integrantes.

Objetividad

Una visión realista y la evaluación honesta de sus posibilidades de éxito son la base de la confianza con su abogado penalista. La reputación de un letrado se basa entre otras cosas, en su capacidad para no generar falsas expectativas respecto del resultado esperable en cada caso.

Abogados especialistas en servicios jurídicos

Hemos sido consultados sobre casos muy relevantes

Nuestros especialistas han colaborado en numerosas ocasiones en prensa, televisión y radio
brindando su opinión profesional respecto de casos de gran actualidad

Servicio asistencia al detenido 24 horas

Prestamos asistencia letrada al detenido durante las 24 horas los 365 días del año en todo el territorio nacional

Preguntas Frecuentes

¿Cuáles son los tipos penales que tutelan la seguridad colectiva?

Los delitos que atentan contra la seguridad colectiva recogidos en el TÍTULO XVII del Código Penal son los siguientes:

  • Delitos relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes
  • Estragos
  • Otros delitos de riesgo provocados por explosivos y otros agentes
  • Delitos de incendio
  • Delitos contra la salud pública, y
  • Delitos contra la seguridad vial

¿Qué diferencia hay entre los delitos de lesión y de peligro?

Los delitos de lesión se caracterizan por la existencia de un daño real sobre el bien jurídico, mientras que en los delitos de peligro los hechos suponen una amenaza más o menos intensa sobre el mismo.

Así es que, mientras que el concepto de lesión refiere a una consecuencia material, el de peligrosidad se orienta más bien al de la probabilidad de que un bien jurídico sea lesionado.

¿Qué es el principio de lesividad?

El denominado como principio de lesividad, establece que el Derecho penal solo ha de intervenir frente a amenazas de lesión o de peligro, que hayan dañado o amenacen bienes jurídicos concretos.

Esta regla determina, que una conducta que afecte intereses que den lugar a un nuevo bien jurídico, fundamenta la necesidad de perseguirla con un nuevo tipo penal.

Por lo tanto, el desarrollo del concepto de lo que conocemos hoy como intereses de naturaleza difusa o colectiva, es la base de los tipos penales que tutelan estos “nuevos” bienes jurídicos.

¿Cómo se determina la existencia de peligro en un delito?

Juzgar la peligrosidad es responsabilidad del juez, quien considerando todas las circunstancias del caso concreto, del autor y de la acción, deberá concluir sobre la probabilidad de resultado lesivo.

Es importante saber, que desde el punto de vista jurídico-penal, la doctrina entiende la probabilidad en términos normativos, es decir que su base no es matemática o estadística. Y que el juicio de peligro, representa un juicio de previsibilidad objetiva que se alcanza “ex ante”, expresión latina que significa “antes del suceso”.

¿Qué significa supraindividual?

Históricamente la teoría general del derecho se ha construido sobre la base de los derechos individuales. Sin embargo, en la actualidad, encontramos lo que jurídicamente se ha denominado como bienes jurídicos supraindividuales, los cuales aluden a la protección de intereses difusos o colectivos, y que por tanto trascienden la esfera de lo individual (Pej: el medio ambiente)

¿Qué es un delito de peligro concreto?

La doctrina considera que para que exista un delito de peligro concreto, el bien jurídico debe haber sufrido un riesgo real de lesión. Es decir, que como consecuencia de la acción que se considera jurídicamente peligrosa, este se haya visto probablemente afectado, lo que supone un vínculo espacio-temporal con la fuente de dicho riesgo.

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