Las Fuentes del Derecho
El Código Civil Español define las fuentes del derecho con carácter general. Estas fuentes establecidas en su artículo 1 son: la ley, la costumbre, los principios generales del derecho y las normas jurídicas contenidas en los tratados internacionales cuando se hayan incorporado al ordenamiento interno mediante su publicación en el BOE.
Si bien la jurisprudencia no es considerada una fuente del derecho, la jurisprudencia del Tribunal Supremo complementa e interpreta el ordenamiento jurídico, al interpretar y aplicar la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho.