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Delito de blanqueo de capitales y falsedad documental

STS 391/2024 de 10 de mayo

Conexidad entre delito de tráfico de drogas y blanqueo de capitales

Valor instrumental de las piezas separadas | Jurisprudencia


 

En su Sentencia STS 391/2024 de 10 de mayo, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, aborda un caso en el que la defensa censura en un segundo motivo articulado con la misma cobertura que el precedente, los efectos dilatorios de la decisión de un enjuiciamiento conjunto de los hechos relacionados con el delito de tráfico de drogas y el delito de blanqueo de capitales que se imputa al recurrente. Se alega que estaríamos en presencia de delitos que no son conexos y que, por consiguiente, no deberían ser enjuiciados de forma conjunta.

El motivo no es acogible.

Nos recuerda la Sala, que es difícil encontrar un ejemplo más apropiado de conexidad que el que vincula al delito de blanqueo de capitales con el de tráfico de drogas que constituye su precedente. El art. 17 de la LECrim -copia literal del art. 24 del proyecto de Código Procesal Penal de 2013- establece que «a los efectos de la atribución de jurisdicción y de la distribución de la competencia se consideran delitos conexos: (…) 5. Los delitos de favorecimiento real y personal y el blanqueo de capitales respecto al delito antecedente. 6. Los cometidos por diversas personas que ocasionen lesiones o daños recíprocos. 7. Los hechos que constituyan delito continuado».

De ahí que la alegación de una sobrevenida pérdida de competencia de la Audiencia Nacional, además de implicar, para el caso en que fuera acogida, una irreparable erosión del derecho del recurrente a un proceso sin dilaciones, carece de fundamento. No basta la cita del art. 65 de la LOPJ. La competencia objetiva para conocer del delito principal se extiende a los delitos conexos y, desde luego, entre los delitos imputados en la presente causa –tráfico de drogas y blanqueo de capitales- existe una relación inescindible que convierte el enjuiciamiento conjunto en una garantía para el propio acusado.
 

conexidad entre delito de tráfico de drogas y blanqueo de capitales

Conexidad entre delito de tráfico de drogas y blanqueo de capitales

 

No se vulnera tampoco el derecho al juez predeterminado por la ley ni, por supuesto, el derecho a ser enjuiciado por un tribunal competente, independiente e imparcial. El enjuiciamiento por la Audiencia Nacional es una garantía para el encausado. Es el Tribunal competencialmente predeterminado ( arts. 65.1.d de la LOPJ y 17.5 de la LECrim) y está integrado por Magistrados sujetos al mismo estatuto de responsabilidad e inamovilidad que los adscritos a la Audiencia Provincial de Madrid.

Las alegaciones de la defensa vinculadas a las fechas de comisión de los hechos imputados y a las distintas vicisitudes que han llevado a la inculpación del recurrente desbordan nuestro ámbito de conocimiento y no son propias del debate al que ha de ceñirse el recurso de casación frente a un auto que pone término a la declinatoria hecha valer mediante un artículo de previo pronunciamiento.

El motivo ha de ser desestimado (art. 885.1 de la LECrim: Podrá, igualmente, inadmitirse el recurso: 1.º Cuando carezca manifiestamente de fundamento. 2.º Cuando el Tribunal Supremo hubiese ya desestimado en el fondo otros recursos sustancialmente iguales. La inadmisión de recurso podrá afectar a todos los motivos aducidos o referirse solamente a algunos de ellos)…«DESCARGAR SENTENCIA COMPLETA»
 


Palladino Pellón – Abogados Penalistas | Conexidad entre delito de tráfico de drogas y blanqueo de capitales

Sobre el autor
Martín Ignacio Palladino
Abogado Penalista en  | Web

Es Licenciado en Derecho por la UBA y curso estudios en la UNED, mediante los que obtuvo el título de Licenciado en Derecho Español, posee un Máster en Criminalística por la Universidad Isabel I, posee un Máster en Derecho por la Universidad Camilo José Cela UCJC, es Experto Universitario en Análisis de la Conducta Criminal por la UDIMA, es Experto Universitario en Psicología Forense por la Universidad Isabel I, es Perito Judicial Experto en Genética Forense, Perito Judicial Experto en Informática Forense, Perito Judicial Experto en Psicología Criminal y Psicología Forense y Perito Judicial Experto en Grafística y Documentoscopia por la EICYC.