El TS Anula Ordenanza que Permitía Denunciar Conductores Sin Pararles
El TS Anula Ordenanza que Permitía Denunciar Conductores Sin Pararles
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha confirmado la nulidad del artículo de la ordenanza de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid que facultaba a que los agentes pudieran denunciar a los conductores sin necesidad de pararles ni notificarles las denuncias «cuando se encontraran regulando el tráfico o carecieran de medios para perseguir a los vehículos infractores». La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha estimado el recurso planteado por la organización de defensa de los conductores, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA).
Cerca del 80 por ciento de las denuncias realizadas por la Policía Municipal desde la entrada en vigor del precepto, el 17 de diciembre de 2010, se han tramitado en base al mismo.
Esta es la segunda sentencia que se produce sobre este asunto ya que hace dos años el Tribunal Superior de Justicia de Madrid declaró que la modificación nº 58, art. 99, d)» introducida en la Ordenanza de Movilidad infringía el principio de jerarquía normativa y debía ser anulada, si bien como es costumbre en el Ayuntamiento de Madrid dicha sentencia fue recurrida en casación ante el Supremo para impedir su firmeza.
El presidente de AEA, Mario Arnaldo, ha mostrado su satisfación por el fallo del Supremo y ha anunciado que van a pedir a la Alcaldesa de Madrid la revisión y cancelación inmediata de todos los expedientes en tramitación de sus socios (incluso los que estén en la Agencia Tributaria), en los que las denuncias no se hubieran notificado en el acto al infractor sin causa justificada.
Y respecto de aquellos que las hubieran pagado, AEA va a promover en defensa de los legítimos derechos de sus miembros los correspondientes procedimientos de responsabilidad patrimonial de la Administración, para que se indemnice con una cantidad equivalente al importe de las multas pagadas, así como el reintegro de los puntos detraidos, en aquellos casos que procedan, «por cuanto a pesar de nuestras reiteradas advertencias –indica Arnaldo- el Ayuntamiento de Madrid ha venido mantenido durante años una situación que era manifiestamente ilegal.»
AEA calcula que aproximadamente el 80% de las denuncias formuladas por la policía local y los agentes de movilidad desde la entrada en vigor de la Ordenanza de Movilidad en Madrid, el 17 de diciembre de 2010 hasta el pasado 8 de junio, se ha tramitado en base al precepto de la Ordenanza declarado ilegal por el Tribunal Supremo, lo cual podría afectar a más de 600.000 expedientes sancionadores.
- Vía Automovilistas Europeos Asociados (AEA) http://aeaclub.org/