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¿Qué es el Recurso de Amparo?

Ampara los derechos consagrados en los artículos 14 a 29 de la Constitución Española, más la objeción de conciencia del artículo 30

¿Qué es el Recurso de Amparo?

El Recurso de Amparo

Quién puede presentarlo | Qué derechos protege

Somos Abogados Especialistas en Recursos de Amparo

 

El Artículo 161.1.b de la Constitución, determina como una de las competencias del Tribunal Constitucional, el conocimiento del recurso de amparo. Es por ello que como abogados especialistas en recursos de amparo, debemos conocer que la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, distingue con carácter general, tres tipos diferentes de amparo, contra:
 

■  Actos o decisiones parlamentarias (Art 42)
■  Decisiones gubernamentales o administrativas (Art 43)
■  Decisiones u omisiones del Poder Judicial, en el ejercicio de su función jurisdiccional (Art 44)
 

En líneas generales y exceptuando los supuestos del artículo 42, el recurso de amparo ha sido configurado como un recurso subsidiario, es decir como la última protección a la que cabe instar. Esto implica, que es necesario agotar la vía judicial previa, permitiendo a los Jueces ordinarios tutelar los derechos fundamentales, y recién en su defecto recurrir al Tribunal Constitucional. De esta forma, para acudir al recurso de amparo, también va a ser necesario haber invocado la vulneración del derecho fundamental, tan pronto como se tuvo ocasión para ello.

Junto con su finalidad subjetiva, destinada a la tutela de situaciones concretas, el recurso de amparo cumple también con una importante finalidad objetiva: Permitir al alto Tribunal Constitucional, desarrollar su función de último intérprete de la Constitución, en relación con los derechos fundamentales.

El principal objetivo de nuestros Abogados Especialistas en Recursos de Amparo, es defender la libertad, el patrimonio y el honor de nuestros clientes y buscar en todo momento, la solución más favorable para sus intereses.
 

Qué derechos pueden protegerse mediante recurso de amparo


 

El artículo 53.2 de la Constitución, establece que cualquier ciudadano podrá en su caso, recabar la tutela de ciertos derechos, a través del recurso de amparo constitucional. Se trata en consecuencia, de un instrumento instituido, para la protección de determinados derechos fundamentales.

Esto significa, que no se podrán tutelar a través del recurso de amparo, otros derechos fundamentales u otros derechos constitucionales, ni tampoco los derechos previstos en los convenios internacionales que haya suscrito España.

Por lo expuesto, solo es posible invocar, aquellos derechos consagrados en los artículos 14 a 29 de la Constitución Española, más la objeción de conciencia del artículo 30. (Leer más sobre que derechos pueden protegerse mediante recurso de amparo)

Confíe su caso a un equipo de Abogados Especialistas en Recursos de Amparo.
 
Abogados Especialistas en Recursos de Amparo

Despacho de Abogados Especialistas en Recursos de Amparo

 

Quién puede presentar un recurso de amparo


 

La legitimación para interponer el recurso de amparo, está también constitucionalmente prevista, en términos amplios. El artículo 162.1.b de la Constitución, la otorga a toda persona, natural o jurídica, que invoque un interés legítimo, así como al Ministerio Fiscal y al Defensor del Pueblo. (Leer más sobre quién puede presentar un recurso de amparo)
 

Sobre la especial trascendencia constitucional en el recurso de amparo


 

Para la admisión del recurso de amparo, además de acreditar que existe una lesión sobre los derechos amparables, también es preciso que el recurso justifique una decisión sobre el fondo del asunto, en razón de su especial trascendencia constitucional.

La cuestión de la especial transcendencia constitucional, implica que el Tribunal Constitucional, va a apreciar la relevancia del recurso, en función de su importancia para la interpretación de la Constitución, su eficacia y la determinación del contenido y alcance de los derechos fundamentales.  (Leer más sobre la especial trascendencia constitucional)
 

La decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso de amparo


 

Una vez tramitado el proceso legalmente establecido, el Tribunal dictará sentencia, la cual podrá ser estimatoria o desestimatoria. En el primer caso, según el artículo 55.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, este podrá:
 

■  Declarar la nulidad del acto impugnado
■  Reconocer el derecho vulnerado
■  Restablecer al recurrente en la integridad de su derecho (Leer más sobre las decisiones del Tribunal Constitucional)
 

No dude en contactarnos para plantear su problema, y un miembro de nuestro equipo de Abogados Especialistas en Recursos de Amparo, responderá a todas sus consultas.
 

...cualquier ciudadano podrá en su caso, recabar la tutela de ciertos derechos, a través del recurso de amparo constitucional. Se trata en consecuencia, de un instrumento instituido, para la protección de determinados derechos fundamentales. Bufete de Abogados Especialistas en Recursos de Amparo


 

El Recurso De Amparo En La Constitución Española Y En La Ley Orgánica Del Tribunal Constitucional

Como Abogados Especialistas en Recursos de Amparo poseemos un profundo conocimiento de la ley

 

Constitución Española


 

Artículo 53

 
2. Cualquier ciudadano podrá recabar la tutela de las libertades y derechos reconocidos en el artículo 14 y la Sección primera del Capítulo segundo ante los Tribunales ordinarios por un procedimiento basado en los principios de preferencia y sumariedad y, en su caso, a través del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Este último recurso será aplicable a la objeción de conciencia reconocida en el artículo 30.
 

Artículo 161

 
1. El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:

b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.
 

Artículo 162

 
1. Están legitimados:

b) Para interponer el recurso de amparo, toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, así como el Defensor del Pueblo y el Ministerio Fiscal.
 

En nuestro despacho de Abogados Especialistas en Recursos de Amparo, encontrará la seriedad y el profesionalismo que su caso necesita.
 

...el recurso de amparo ha sido configurado como un recurso subsidiario, es decir como la última protección a la que cabe instar, lo que implica que es necesario agotar la vía judicial previa...Un Equipo de Abogados Especialistas en Recursos de Amparo


 
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Ley Orgánica del Tribunal Constitucional


 

Artículo 41

 
Dos. El recurso de amparo constitucional protege, en los términos que esta ley establece, frente a las violaciones de los derechos y libertades a que se refiere el apartado anterior, originadas por las disposiciones, actos jurídicos, omisiones o simple vía de hecho de los poderes públicos del Estado, las Comunidades Autónomas y demás entes públicos de carácter territorial, corporativo o institucional, así como de sus funcionarios o agentes.
 

Artículo 50

 
1. El recurso de amparo debe ser objeto de una decisión de admisión a trámite. La Sección, por unanimidad de sus miembros, acordará mediante providencia la admisión, en todo o en parte, del recurso solamente cuando concurran todos los siguientes requisitos:

b) Que el contenido del recurso justifique una decisión sobre el fondo por parte del Tribunal Constitucional en razón de su especial trascendencia constitucional, que se apreciará atendiendo a su importancia para la interpretación de la Constitución, para su aplicación o para su general eficacia, y para la determinación del contenido y alcance de los derechos fundamentales.
 

Artículo 55

 
1. La sentencia que otorgue el amparo contendrá alguno o algunos de los pronunciamientos siguientes:

a) Declaración de nulidad de la decisión, acto o resolución que hayan impedido el pleno ejercicio de los derechos o libertades protegidos, con determinación, en su caso, de la extensión de sus efectos.

b) Reconocimiento del derecho o libertad pública, de conformidad con su contenido constitucionalmente declarado.

c) Restablecimiento del recurrente en la integridad de su derecho o libertad con la adopción de las medidas apropiadas, en su caso, para su conservación.
 

No deje pasar la oportunidad de que nuestros Abogados Especialistas en Recursos de Amparo estudien su caso, y le recomienden la mejor estrategia.
 

...para acudir al recurso de amparo, es necesario también, haber invocado la vulneración del derecho fundamental, tan pronto como se tuvo ocasión para ello. Confíe su Caso a Nuestros Abogados Especialistas en Recursos de Amparo


 

Jurisprudencia Sobre El Recurso De Amparo

Otra de las claves que deben dominar los Abogados Especialistas en Recursos de Amparo

 

Pleno. SENTENCIA 155/2009, de 25 de junio (BOE núm. 181 de 28 de julio de 2009) | «Descargar Sentencia»

Tipo de Proceso: Recurso de amparo 7329-2008

Síntesis Descriptiva: Promovido por doña Dolores Vallejo Marchal frente a las Sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid y de un Juzgado de Instrucción de Fuenlabrada que la condenaron por una falta de hurto.

Síntesis Analítica: Interpretación del requisito del artículo 50.1 b) LOTC: “especial trascendencia constitucional” del recurso de amparo. Vulneración de los derechos de defensa y a un proceso con garantías: condena de localización permanente, cuando el fiscal había pedido multa, que no respeta la correlación entre la acusación y el fallo en lo que atañe a la pena. Votos particulares.
 

Nuestra recomendación ante una situación como esta, es consultar sin demora, a un Despacho de Abogados Especialistas en Recursos de Amparo, que acredite la experiencia y el profesionalismo, que su caso necesita.
 


Palladino Pellón & Asociados – Abogados Especialistas en Recursos de Amparo Una buena Defensa Penal comienza desde el primer día