Tratamiento legal de la vida humana dependiente e independiente

Artículos 138 a 146 del Código Penal

Tratamiento legal de la vida humana dependiente e independiente

Los Delitos Contra La Vida y su Tipificación Penal

Homicidio y Asesinato | Suicidio | Aborto | La vida humana dependiente e independiente

Somos Abogados Especialistas En Delitos Contra La Vida

 

Los Delitos contra la Vida contenidos en los artículos 138 a 146 del Código Penal concretan una protección de primer orden hacia ese derecho fundamental. La base de tal consideración como esencial, y de la tipificación derivada de dicho carácter se encuentra en el artículo 15 de la Constitución:

“Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes…”.

El derecho a la vida es un derecho universal y fundamental: todos tenemos derecho a la vida, por lo que nadie puede atentar contra la vida de otra persona. Y, por otro lado, este derecho constitucional cimenta el índice de derechos atribuido a cada individuo

Pero, aún siendo clara y directa esta protección, en la vida real debe adaptarse a gran variedad de supuestos, algunos incluso objeto de discusión jurídica, política y social. Para aclarar estos aspectos vamos a considerar el derecho a la vida, por partes, independiente y dependiente, analizando los delitos integrados en cada esfera.

Confíe su caso a un equipo de abogados especialistas en delitos contra la vida.
 

...El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena de prisión de diez a quince años... Un Equipo de Abogados Especialistas En Delitos Contra La Vida


 

La vida humana independiente

Como Abogados Especialistas En Delitos Contra La Vida poseemos un profundo conocimiento de la ley

 

Hablar de vida humana independiente significa hablar de aquella vida susceptible de desarrollarse de forma autónoma, el bien jurídico protegido en los delitos contenidos en los artículos 138 a 143 CP.
 

Homicidio y Asesinato


 

El apartado, “Del homicidio y sus formas”, parte de un tipo básico (art. 138 CP):

“El que matare a otro será castigado como reo de homicidio, con la pena de prisión de 10 a 15 años”.

Penológicamente este precepto se ve afectado por la concurrencia de alguna circunstancia del artículo 140.1 CP o, del a. 550 (delito de atentado). Asimismo se tipifican el homicidio imprudente y el intentado, cuando no hay intencionalidad o no se consuma la ejecución.

Las circunstancias que transforman el homicidio en el tipo agravado de asesinato (art. 139), deben considerarse individualmente para cada caso:
 

1. Alevosía
2. Precio, recompensa o promesa
3. Ensañamiento
4. Para facilitar la comisión de otro delito o evitar que sea descubierto

 

El legislador ha introducido en estos cuatro apartados, conceptos jurídicos que merecen mención aparte:

El artículo 22 CP define la alevosía como un aspecto de la ejecución en la que se utilizan “medios, modos o formas” para asegurar su éxito y anular la posibilidad de defensa. Mientras, el 22.5 contempla el ensañamiento como un modo de llevar a cabo el homicidio, aumentando, de forma deliberada, el sufrimiento de la víctima. En último lugar, la existencia de precio, recompensa o promesa, implica que debe darse una motivación económica y además, demostrar que esta funciona realmente como tal.

Nuestros abogados especialistas en delitos contra la vida se dedican exclusivamente al ejercicio del derecho penal.
 

Abogados Especialistas en Delitos Contra la Vida

Somos Abogados Especialistas en Delitos Contra la Vida

 

El Código Penal, recoge también ciertas acciones punibles anteriores a la comisión del delito. Así, sus artículos 17 y 18 contemplan los actos preparatorios, el iter criminis previo a la ejecución de la conducta tipificada: la provocación, la conspiración y la proposición. Mientras que el artículo 16 se refiere a la tentativa, el acto ejecutivo que se lleva a cabo sin conseguir alcanzar el resultado perseguido.

La Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, en virtud de la que se modifica el Código Penal, opera importantes cambios, incidiendo sobre todo en la agravación de las penas. Así, introduce en el artículo 140 la figura de la prisión permanente revisable. Una prisión establecida por tiempo indefinido (susceptible de revisarse en virtud del artículo 92) para ciertos casos de asesinato tasados en la ley:
 

1. Cuando la víctima tiene menos de 16 años
2. Producido tras un acto contra la libertad sexual
3. Si se realiza en el ámbito de una organización criminal o terrorista
4. En asesinatos múltiples
5. Homicidio contra la Corona o de un Jefe de Estado extranjero, u otra persona protegida por Tratado, en suelo nacional
6. Genocidio o crímenes de lesa humanidad

 

La polémica sobre la legalidad de esta figura penal continua, a día de hoy, sobre la mesa del Tribunal Constitucional que, a partir del 5 de octubre, está llamado a examinarla.

En nuestro despacho de abogados especialistas en delitos contra la vida, encontrará la seriedad y el profesionalismo que su caso necesita.
 

El Suicidio


 

Nuestro ordenamiento jurídico no dispone ninguna pena para el suicidio, a diferencia de las conductas realizadas por terceros que suponen una participación en el suicidio de otro: la inducción y la cooperación.

Los tipos del artículo 143. 4 y 5 responden a la reciente LO 3/2021, conocida como Ley de la Eutanasia. Una legislación que ha suscitado un amplio debate, incluso antes de su entrada en vigor el 25 de junio. Así, el TC ha admitido a trámite un recurso de inconstitucionalidad, aunque no se ha suspendido su ejecución.
 

Abogados Especialistas en Delitos Contra la Vida

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La vida humana dependiente

Un Equipo de Abogados Especialistas en Delitos Contra la Vida

 

En el tratamiento legal de la vida humana dependiente tiene especial importancia el concepto jurídico de nasciturus, un término latino que designa al concebido y no nacido. Es decir, la vida cuya existencia se desarrolla y depende por completo de su estancia en el vientre materno y, por tanto, carente de personalidad jurídica. Pero, al mismo, tiempo, susceptible de ostentar determinados derechos:

“El nacimiento determina la personalidad; pero el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables”. (art. 29 Código Civil).

La doctrina, sentada por el TC, sigue la línea de la STC 53/85: “La vida humana concebida merece protección desde el primer momento…”. De ese mismo año es la primera Ley del aborto, que despenalizó esta conducta en España, estableciendo ciertos supuestos en los que la mujer podía interrumpir voluntariamente su embarazo:
 

1. Cuando comprometía seriamente la salud de la madre
2. Si era fruto de una violación
3. Por malformaciones físicas en el feto que comprometían la vida del recién nacido

 

...El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años... Bufete de Abogados Especialistas En Delitos Contra La Vida


 

En el 2010, la promulgación de LO de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo supuso un cambio radical, permitiendo el aborto libre hasta las 14 semanas de gestación. Aunque, por anomalías graves en el feto o grave riesgo para la salud de la embarazada, puede producirse hasta la semana 22.

Actualmente la Ley del aborto del 2015 recoge la necesidad de la mayoría de edad para la finalización libre de la gestación. Y en menores de edad, es preciso el consentimiento de sus padres o tutores legales.
 

Fuera de ello, el Código Penal castiga el aborto:

  • Sin el consentimiento de la madre
  • Fuera de los supuestos contenidos en la ley
  • Por imprudencia grave (también profesional)

 

La complejidad de los tipos penales que aquí hemos expuesto, así como la gravedad de sus penas asociadas, aconsejan, en todo momento, contar con los servicios de abogados especializados.

Tras años de ejercicio profesional, nuestro despacho de abogados especialistas en delitos contra la vida, ha obtenido un reconocido prestigio en todo el territorio nacional.
 


Palladino Pellón & Asociados – Abogados Especialistas En Delitos Contra La VidaUna buena Defensa Penal comienza desde el primer día